El nuevo registro RUCA, para quienes exporten granos, carne y leche los obliga a declarar hasta un detalle de sus movimientos bancarios

Así lo dio  a conocer el Gobierno Nacional en el Boletín oficial , Resolución 60/2021. Según el gobierno, quieren  una amplia formalización, transparencia y control de la exportación  agroindustrial.

La medida que dio a conocer el gobierno nacional tiene nuevas exigencias y deberán cumplirlas los productores de alimentos y las empresas, estos últimos con algunas normativas mas que los primeros. Entre las cuestiones que llamaron la atención » se exigirá un detalle de las cuentas bancarias».

Según la publicación oficial , las consideraciones del Gobierno que llevan a tomar estas medidas, argumentan que » junto con la evolución propia de los distintos eslabones de la cadena agroindustrial, se han constatado ciertas modalidades de actuación en la operatoria comercial exportadora, de las distintas cadenas de productos, que generan distorsiones en la actividad comercial y dificultan el pleno ejercicio de las potestades tributarias y de control cambiario a cargo de las autoridades competentes».

Además agregan que tienen » la imperiosa necesidad de alcanzar una más amplia formalización, transparencia y control de una actividad tan sensible como la exportación dentro de la matriz de producción agropecuaria nacional, se estima conveniente establecer nuevas exigencias, que serán requeridas a los fines de su inscripción y permanencia en el RUCA y la consecuente habilitación, para ejercer legalmente el comercio».

Por las afirmaciones del gobierno, ponen en duda la transparencia de la cadena agroindustrial exportadora y además , en uno de los párrafos sostiene la necesidad de instalar la marca Argentina como distintiva en el mundo.  » Que la medida propiciada brindará un horizonte de mayor certidumbre no solo para los interesados en participar en la actividad, sino también para los compradores extranjeros, creando un entorno que contribuya a consolidar más aun la industria agroexportadora de nuestro país, instalándola como marca distintiva en el mundo».

Según las fuentes consultadas por Valor Agregado Agro acerca de las exportaciones , lo que se necesita para una mayor exportación es la certidumbre del Gobierno Nacional a la hora de exportar » lo ideal sería que el gobierno no cambie las reglas de juego a la mitad del camino, eso es lo que hace a una mayor transparencia y se le puede dar mayor certidumbre al comprador de afuera». Como así también sostiene de que no está claro el panorama del nuevo sistema RUCA.

Así lo expresa el Boletín oficial

 

Para exportadores de granos :
  • Los interesados deberán informar, detalle de cuentas bancarias con las que opera, movimientos bancarios de los últimos SEIS (6) meses y líneas de financiamiento otorgadas por las entidades informadas.
  • Plan de trabajo proyectado para el próximo año, con detalle de mercadería a exportar, volúmenes, proveedores y destinos.
  • Detalle del personal en relación de dependencia y compañía aseguradora de riesgos de trabajo contratada y constancia de las entidades bancarias donde se depositan los haberes de los trabajadores.
  • Último estado contable certificado, para las Personas Jurídicas y Manifestación de bienes actualizada y certificada para las Personas Humanas o socios y/o accionista para el caso de Personas Jurídicas de reciente constitución.
  • Constancia de ingresos de divisas, del último año, para el caso de haber realizado operaciones de exportación.
  • Los requerimientos de los puntos 3.6.3, 3.6.4, 3.6.5, 3.6.6 y 3.6.7 no serán de aplicación si el exportador tiene un establecimiento propio ya inscripto en el REGISTRO ÚNICO DE OPERADORES DE LA CADENA AGROINDUSTRIAL (RUCA)”.
Para exportadores de ganados y carne:
  • Los interesados deberán informar, detalle de cuentas bancarias con las que opera, movimientos bancarios de los últimos SEIS (6) meses y líneas de financiamiento otorgadas por las entidades informadas.
  • Plan de trabajo proyectado para el próximo año, con detalle de mercadería a exportar, volúmenes, proveedores y destinos.
  • Detalle de personal en relación de dependencia, compañía aseguradora de riesgos de trabajo contratada y constancia de las entidades bancarias donde se depositan los haberes de los trabajadores.
  • Último estado contable certificado, para las Personas Jurídicas y Manifestación de bienes actualizada y certificada para las Personas Humanas o socios y/o accionista para el caso de Personas Jurídicas de reciente constitución.
  • Constancia de ingresos de divisas, del último año, para el caso de haber realizado operaciones de exportación.
  • Los titulares de los establecimientos matriculados que presten servicios de exportación a terceros matriculados en este registro, serán mancomunada y solidariamente responsables por los incumplimientos de los requisitos y demás condiciones establecidas en la presente resolución.
  • Los requerimientos de los puntos 4.13.2, 4.13.3, 4.13.4, 4.13.5 y 4.13.6 no serán de aplicación si el exportador tiene un establecimiento propio ya inscripto en el REGISTRO ÚNICO DE OPERADORES DE LA CADENA AGROINDUSTRIAL (RUCA)”.